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Showing content with the highest reputation since 24/04/20 en todas las secciones

  1. Hola, me gustaría compartir con ustedes información importante sobre la implementación de Casillas Electrónicas en Perú. La implementación de notificaciones electrónicas a través de las conocidas casillas electrónicas se han popularizado, difundido y promovido exitosamente desde el sector público. Existen instituciones que incluso tienen sus propias regulaciones de uso y brindan este servicio al sector privado y personas naturales usuarias para hacer más eficientes sus comunicaciones, manteniendo su legalidad. El uso de casillas electrónicas agiliza y hace más eficiente el uso de nuestros tiempos, tanto en la gestión del mismo trámite así como del desplazamiento al que estábamos acostumbrados a realizar cada vez que hacíamos un trámite en una mesa de partes física y por supuesto son procesos cero papel. Sin más preámbulo, presento los principales casos de uso de la casilla electrónica en Perú. PRODUCE: Dispone obligatoriedad de Casillas Electrónicas para actos administrativos (DS N° 007-2020) OSITRAN: Reglamento para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica (N° 0024-2020-CD-OSITRAN) SUNAFIL notificará obligatoriamente vía casilla electrónica sanciones o cobranzas coactivas (DS N° 003-2020) MTC y ATU implementarán Casillas Electrónicas para la notificación de papeletas e infracciones de tránsito (DL N°1406) MINJUS: Se Implementa el Expediente Judicial Electrónico a través de casillas electrónicas (Nº 192-2019-CE-PJ) SUNEDU: Disposiciones para el uso de la casilla electrónica por la Superintendencia Nacional de Educación (N° 092-2019-SUNEDU) JNE: Aplicación obligatoria del Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones (Resolución Nº 0138-2018-JNE) SERVIR: Implementación de SICE el Sistema de Notificación y Casilla Electrónica de la Institución (Nº 085-2017-SERVIR) MEF: Aprueban el Procedimiento para la Notificación Electrónica de los Actos Administrativos (RM N° 442-2017-EF/40) INDECOPI: Directiva que regula la notificación electrónica en los procedimientos administrativos (Nº 032-2016-INDECOPI) Casillas Electrónicas para el Sector Privado Importante destacar que aunque sea el sector público quien haya iniciado y promueva el uso de esta tecnología en Perú; es el sector privado el llamado a masificarla y hacerla extensiva a sus clientes, empleados y proveedores. ¿Y por qué no usar el correo electrónico como casilla electrónica? Es una pregunta recurrente y lógica pero debo indicar que pocos proveedores de correos electrónicos permiten abierta trazabilidad sobre las comunicaciones, esta función es casi siempre de supervisión exclusiva de los administradores de éstas plataformas y no de los remitentes comunes. Los servicios de correo electrónico cuentan con poca eficiencia para ésta tarea y solo te permiten marcar o ver si un correo fue leído, pero no cuándo ni dónde se realizaron las aperturas o lecturas; tampoco permiten realizar firmas digitales o electrónicas, algo necesario para una correcta gestión de notificación o acuerdos. La naturaleza tecnológica del correo electrónico fue hecha para estar abierta a recibir mensajes de cualquier destinatario, siendo el SPAM y Mensajes Phishing, dañinos actores que pueden hacer peligrar la integridad de las comunicaciones reales en una notificación electrónica. La tecnología de casilla electrónica sin embargo permite: Mejor trazabilidad y registros del mensaje o documentos. Delegación de documentos a través de workflows orientado a negocios. Posibilidad de firmar digital o electrónicamente la transacción o el documento. Agiliza y hace eficiente las notificaciones uno a uno, o uno a varios en las organizaciones. Permite autenticidad en las comunicaciones, debido a la previa identificación de sus remitentes y usuarios. Evita el SPAM y Mensajes Phishing. ¿Es legal implementar casillas electrónicas en mi empresa? ¿Existe alguna ley? Es plenamente legal. Los acuerdos entre privados están regulados por el Código Civil, el cual, en sus artículos 141 (Manifestación de Voluntad), 141-A (Formalidad) y 143 (Libertad de Forma) promueven el uso de medios electrónicos o análogos para llevar a caso éstas actividades. Si existe consentimiento de todas las partes involucradas, la utilización de una casilla electrónica para notificaciones empresariales, es finalmente un acuerdo privado plenamente legal aceptado por el Código Civil. ¿Cómo implemento un sistema de casilla electrónica en mi empresa? Si desea saber cómo implementar un sistema de Casilla Electrónica en su empresa, desde la cual pueda notificar legalmente a sus empleados, clientes o proveedores, contácteme vía Whastsapp que con gusto resolveré sus consultas o a través de esta comunidad.
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  2. Hola Ander Pinedo, con mucho gusto podemos ayudarle. Verificamos que ya tiene una cuenta gratuita y credenciales para acceder a su aplicación de firma digital. Lo contactaré por interno para poder restablecer su contraseña. Saludos.
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  3. Un estudio realizado por Quince Market Insights (QMI) identifica a las 20 autoridades de certificación digital más grandes del mundo, las cuales además muestran señales de crecimiento en regiones donde la tecnología exige la implementación de seguridad digital e identificación de sitios web, personas y objetos. Según el informe, el mercado de las autoridades de certificación se ha segmentado en: certificados (certificados SSL, certificados de correo electrónico seguro, certificados de firma de código, certificados de autenticación), servicios (servicios de soporte, servicios de PKI gestionado, otros), de validación (certificados de validación extendida EV, certificados de validación de organización OV y certificados de validación de dominio DV), para usuarios finales (banca, servicios financieros, seguros, comercio minorista, gobierno, aeroespacial y defensa, atención médica, informática y telecomunicaciones, educación, otros). Las 20 Autoridades Certificadoras más grandes según QMI: Symantec Group, Sectigo, IdenTrust, GoDaddy Group, DigiCert Group, Certum, GlobalSign, Entrust, Actalis, Let's Encrypt, Secom Trust, Trustwave, WISeKey Group, StartCom, Comodo CA, Camerfirma, WISeKey, SwissSign, TWCA, Asseco Data Systems. Puede obtener el informe completo aquí: https://www.quincemarketinsights.com/request-sample-62572?utm_source=openPR/Radhika
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  4. Es una pregunta que se ha repetido mucho en éstas semanas de cuarentena y me gustaría responderla con detalle para que conozcan las alternativas o modos de firmar documentos office (aplica para Word, Excel, Powerpoint, Visio, etc) con certificado digital en sus dos formas: Firma Digital CAdES (CMS): Permiten firmar archivos electrónicos de cualquier extensión. El formato CAdES realiza un empaquetamiento llamado “Enveloping” que quiere decir que la firma digital/certificado digital se empaqueta con el archivo firmado y forman un archivo nuevo con la extensión P7M que servirá para validar la integridad, autoría de un documento y el almacenamiento a largo plazo de los documentos firmados. Este tipo de archivos pueden resultar difíciles de abrir por la contraparte que recibe el documento firmado, por lo que tenemos otra opción. Firma Digital Inside Office: Si desea firmar dentro del archivo office, para que resulte un documento que pueda compartir y su contraparte pueda abrir y leer sin problemas, entonces deberá realizar esta opción, pero de momento firmar dentro del mismo office es exclusiva de usar el propio Office para firmar digitalmente. Esta modalidad de firma en Office permite que se añada la firma digital dentro del archivo (.docx, .xlsx, .pptx, etc) sin empaquetarlo como sucede en la primera opción. Cada aplicación de office permite primero configurar un certificado digital y posteriormente agregar las firmas a sus documentos electrónicos. Espero haberlos ayudado. Saludos
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  5. El Estudio Muñiz ha invitado a GRAMD para que en un esfuerzo conjunto orienten sobre la continuidad de negocios y empresas peruanas en épocas de cuarentena y ha programado un Webinar Gratuito a través de Zoom este martes 21 de abril a las 11:00 horas donde tratarán temas como: Contratación y Comercio Electrónico. Ventajas de la firma electrónica y digital. Las empresas en plano digital: reglas aplicables. Regulación del consumo la publicidad. Aspectos tributarios. Destacados profesionales del estudio de abogados más importante del Perú con amplia experiencia en regulación y tributación desarrollan junto a quien les escribe este texto, un webinar que permitirá conocer a fondo los aspectos de la contratación digital en tiempos de cuarentena. En este webinar gratuito participarán: Jorge Muñiz, Socio Principal del Estudio Muñiz. Augusto Castañeda, Director de GRAMD®. Pierino Stucchi, Socio del Estudio Muñiz. José Antonio Bezada, Abogado Principal del Estudio Muñiz. Luis García, Abogado Tributación del Estudio Muñiz. Lo invitamos a registrarse gratuitamente: Desde Zoom.
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  6. Sirven, entre otras cosas, para aumentar la seguridad, reducir los costos operativos y mejorar la productividad de los empleados. Estamos experimentando una nueva era digital desencadenada por una adaptación forzada que inició con la pandemia. Hoy, más de un año después, muchas organizaciones están aprovechando las ventajas que este nuevo enfoque digital les trajo frente a los procesos manuales y tradicionales. Para muchas compañías, un cambio simple a lo digital llegó con el uso de firmas electrónicas, las cuales les han ahorrado tiempo y dinero, facilitando procesos que antes se realizaban con firmas autógrafas presenciales. Las firmas electrónicas no son una tecnología nueva, y la gran mayoría de países ya cuenta con leyes que rigen su legalidad y validez dependiendo de la aplicación para la que se usen. Esto ofrece a muchas organizaciones, particularmente a las que están en el sector de los servicios financieros, la confianza y seguridad asociadas con las firmas autógrafas presenciales. A pesar de esto, muchas compañías en la industria desconocen los beneficios de las firmas electrónicas más allá de su uso durante la pandemia, y se preguntan si son o no rentables, si les ofrecen la seguridad necesaria, y si se están utilizando correctamente. A continuación, presentamos cinco razones por las que la incorporación de firmas electrónicas en los planes de transformación digital es algo fundamental: 1. Mayor seguridad: las firmas electrónicas ofrecen un método seguro para obtener firmas legalmente válidas que además demuestran quién firmó, en qué orden, y cuándo y dónde se firmó un documento, todo mediante el uso de marcas de tiempo y recopilación de las direcciones IP. La posibilidad de incorporar factores de autenticación avanzada permite asegurarse que solo las personas correctas puedan acceder a la sesión de firma de los documentos. Además, los documentos firmados están protegidos con tecnología de cifrado digital para garantizar la integridad de los mismos y de las huellas de auditoría que deja el proceso. 2. Una experiencia de cliente mejorada: mejorar la experiencia del cliente ofreciendo un proceso de enrolamiento y apertura de productos completamente digital es clave para mantener una ventaja competitiva en todo el sector de servicios financieros. Las firmas electrónicas reducen las tasas de abandono durante los procesos de apertura de cuentas, ya que eliminan la necesidad de pasar por un proceso de verificación y firma en la sucursal. Además, la opción de añadir asistencia humana a un proceso de firma electrónica con la ayuda de la función de videoconferencia asegura que los trámites complejos puedan ser completados en una sola sesión con la ayuda de un asesor. Los clientes de hoy esperan que las compañías con las que interactúan les ofrezcan servicios digitales convenientes y eficientes. 3. Un aumento de la productividad de los empleados: las firmas electrónicas permiten a los empleados trabajar de manera más eficiente y recibir información sobre cómo van progresando las firmas de los documentos sin requerir la presencia física del cliente o del colega para recibir una firma. Las firmas electrónicas ahorran tiempo que los empleados pueden usar para enfocarse en las relaciones con los clientes o en otras tareas críticas para el negocio, en lugar de tener que corregir errores, reescribir documentos o dedicar tiempo a procesos manuales como el registro de documentos. 4. Menos gastos operativos: dado que las firmas electrónicas se procesan completamente en línea, no es necesario firmar o transportar documentos en papel de forma manual. Por eso, ahorran a las compañías dinero en papel y suministros de correo, y también ahorran tiempo al personal, ya que ya no es necesario tramitar los documentos a mano. 5. Cumplimiento normativo: con la creciente adopción de las firmas electrónicas, las leyes de todo el mundo se están actualizando. En muchos países, las firmas y registros electrónicos ahora se tratan como cualquier otro tipo de datos electrónicos y son tan admisibles como si fueran registros en papel. La Ley 527/1999 fue la primera en Colombia que abordó las firmas electrónicas y estableció que tienen el mismo efecto legal que las firmas de tinta, dado que capturan la intención electrónicamente y crean acuerdos legalmente vinculantes y ejecutables. Otras leyes y decretos aprobados desde entonces regulan el uso y los requisitos de validez de las firmas electrónicas y digitales, como el Decreto 2364/2012, el Decreto 333/2014, el Decreto 1413/2017 y el Decreto 620/2020. En cualquier caso, los datos de creación de la firma deben corresponder exclusivamente al firmante, y cualquier alteración no autorizada del mensaje de datos debe ser detectada después de la firma. Las organizaciones han cambiado la forma en que atienden a sus clientes e interactúan con sus empleados, y las firmas electrónicas son un habilitador del futuro de los negocios digitales en todo el mundo. Las firmas electrónicas proporcionan una sensación de transparencia, eficiencia y seguridad que los métodos de firma tradicionales no pueden ofrecer. Al aumentar la seguridad, reducir los costos operativos, mejorar la productividad de los empleados, mejorar la experiencia del cliente y ayudar a las compañías a cumplir con las normativas aplicables de forma continua, las firmas electrónicas ofrecen muchos beneficios. Las organizaciones que aprovechen esta tecnología habrán dado un paso más en su trayectoria de transformación digital y serán relevantes, tanto ahora como en el futuro. CAMILO MÉNDEZ - Director de Transformación Digital en OneSpan Artículo original: https://www.portafolio.co/innovacion/forma-electronica-por-que-es-necesario-su-uso-557710
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  7. Con Intellisign las empresas y organizaciones de cualquier tamaño podrán liberarse del papel e ir disminuyendo notoriamente gastos innecesarios de recursos físicos, tiempo y dinero. Evitarán retrasos en su gestión documentaria y proceso de aprobaciones que conllevan a firmas. Olvidarán esos tediosos desplazamientos, almacenamientos o conservación de sus documentos. Intellisign crea, moviliza y conserva documentos electrónicos con gran eficiencia y sobre todo con la misma validez legal que el papel. Encontrarán muchas maneras posibles de firma, disfrutarán de una experiencia personalizada, debido a que el proceso de firmas es mucho más parecido y sencillo a lo que se estaba firmando en papel, hacemos que el camino hacia la digitalización sea de fácil adopción, ya que hemos adaptado nuestros procesos a la forma en que los peruanos firman sus documentos.
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  8. Hola, Hoy te presentamos una propuesta que podrías desarrollar en tu organización para la elaboración de la Junta Anual de Accionistas Remota o Virtual con Firma Digital, la misma que teniendo en cuenta el periodo de emergencia y restricciones de movilidad permitirá fomentar el distanciamiento físico-social para evitar el contagio y propagación del COVID-19/Coronavirus. Primero debemos entender cómo se realizaba físicamente la Junta Obligatoria Anual de Accionistas (JOA) antes de la epidemia. Ahora entenderemos valor legal que proporcionarían las herramientas digitales disponibles. Finalmente, muestro un gráfico con los diagrama de componentes y cómo interactúan un servicio para que que realice un JOA Virtual. Si estarías interesado en que te brinde ayuda, implementando o enviando información de nuestra plataforma de JOA Remota y Virtual con Firma Digital estaré disponible para poder ayudarte. Contáctame vía Whatsapp o en este formulario. Este también es un espacio para compartir y debatir nuestras ideas. Sean bienvenidos.
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  9. ¿Mi trabajador debe firmar digitalmente su boleta de pago? o la pregunta alternativa sería ¿Quiénes deben firmar digitalmente una boleta de pago peruana? Son preguntas bastante recurrentes en este periodo de emergencia donde el uso del papel, común en la emisión de las boletas de pagos de trabajadores, se ha vuelto una preocupación, ya que podría ser un transmisor de contagios. Vamos hacer un análisis y aplicabilidad técnica de la firma digital en las boletas de pago: Basado en el Decreto Legislativo Nº 1310, publicado el pasado 30 de diciembre de 2016, en su Artículo 3.- Simplificación para la emisión, remisión y conservación de documentos en materia laboral, analizamos lo siguiente: 3.1. Este decreto legislativo reconoce y autoriza a la firma digital como el medio de firma electrónica legalmente aceptada para reemplazar a la firma ológrafa y en consecuencia el papel. Un primer gran paso hacia la digitalización de las boletas de pago. Para cumplir cabalmente con la firma digital legal, se requiere contar en primer lugar con un certificado digital emitido por una entidad certificadora (EC) reconocida y acreditada en Indecopi y también con un software de firma digital reconocido dentro del marco legal de la firma digital conocido como IOFE. Esta disposición también brinda la alternativa de usar Microformas, pero ésto requeriría en el común de los casos contar con (a) la digitalización de un documento original de papel y (b) que un Fedatario Electrónico firme digitalmente las boletas o el acta de la digitalización. En este caso no sería necesario ya que un Gerente, apoderado o jefe de área podría hacerlo con su propio certificado digital. La disposición 3.2 es interesante ya que aquí refiere expresamente el reemplazo de la boleta física por la digital o electrónica y además se resuelven dudas del tipo ¿Es necesario que mi trabajador firme digitalmente o de otra forma física el acuse de recibido de su boleta?. La respuesta es, No. Sin embargo la ley indica claramente que para liberarse de papel en este proceso, se deben cumplir requisitos como lo del pago a través de un banco regulado por la SBS y proveer de tecnología accesible al trabajador (intranets, gestores documentales, ERP, etc) para que éste pueda disponer de su boleta de pago en cualquier momento. 3.3. Esta directiva también responde a la interrogante sobre si SUNAFIL como Autoridad Administrativa de Trabajo dependiente del MTPE puede o debe recibir los documentos laborales firmados digitalmente como las boletas de pagos, indicando incluso que la presentación de éstos documentos firmados digitalmente son a elección de su empresa y no de SUNAFIL; institución que ya tiene experiencia verificando la autenticidad e integridad de documentos electrónicos firmados digitalmente como las boletas de pagos electrónicas. 3.4. Creo que no tenemos dudas sobre esta disposición y vale aclarar que la conservación de los documentos electrónicos en materia laboral como boletas de pagos, liquidaciones y similares solo deben realizarse hasta cinco años después de realizado el pago, luego de ello por el momento no existe obligación de conservarlos; sin embargo con el avance de la adopción de tecnologías y servidores cloud, conservar este tipo de documentos más años es más fácil y económica que antes. Esta disposición invita además a las instancias judiciales y arbitrales a tomar en consideración el plazo máximo de cinco años para sus correspondientes actuaciones. 3.5. Sin mayores comentarios. Espero haberlos ayudado y como siempre, este espacio está abierto para aclarar dudas, expresar ideas y sobre todo compartir conocimientos. Saludos.
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  10. Me gustaría compartir un excelente artículo escrito por el Dr. Pierino Stucchi del Estudio Muñiz, sobre: Firma digital: ¿Qué valor tiene y cómo obtenerla en estado de emergencia? estoy seguro que en Perú les será de mucha utilidad. https://gestion.pe/blog/reglasdejuego/2020/03/firma-digital-que-valor-tiene-y-como-obtenerla-en-estado-de-emergencia.html
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  11. Bienvenido y gracias por la pregunta @rubenjim. Cualquier persona natural en Perú tiene dos opciones para firmar digitalmente: 1. DNI electrónico: Firmar digitalmente con el certificado que se encuentra dentro del DNI electrónico, para ello debe considerar algunas cosas: El certificado digital de su DNI electrónico debe encontrarse vigente. Debe recordar la contraseña que le permita usar el DNI electrónico. Obtener y usar un lector de DNI electrónico. 2. Contar un certificado digital propio: También podría firmar digitalmente con un certificado provisto por una Entidad de Registro Acreditada en Indecopi, para ello debe considerar: Realizar una solicitud de certificado digital directamente a la Entidad Registradora. Enviar electrónicamente el documento de identificación que acredite su identidad. Un equipo especial de las entidades de registros validan tu identidad y emiten el certificado con el soporte de una Autoridad Certificadora reconocida en Indecopi. Una vez obtenido el certificado digital solo necesitará contar con un software firma digital gratuito, por ejemplo Refirma de RENIEC y listo. Ya podrá hacer firmas digitales. Nota: Anteriormente al periodo de emergencia que vive nuestro país y debido a la restricción de movilidad, el uso del token criptográfico se ha flexibilizado y se vuelve opcional. Te invito a leer esta guía adjunta del paso a paso para realizar firmas digitales. Guía para usuarios registrados en esta comunidad. Guia Paso a Paso Firma Digital.pdf
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  12. Hola Carlos, bienvenido! En España entiendo que puedes solicitar el certificado digital desde www.camerfirma.com, una institución seria y con posibilidades de validar tu identidad de manera remota con video-identificación, lo que resultará en la obtención del certificado digital que necesitas. Te invito a explorar: https://www.camerfirma.com/certificados/certificado-cualificado-ciudadano/ Lo que necesitarás será: DNI escaneado. Formato del certificado: software o archivo electrónico. Tipo de firma: genera firma avanzada Disponible para: ciudadanos españoles. Certificado emitido en el marco del RDL 11/2020, disposición adicional 11. Espero haberte ayudado. Saludos.
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  13. Respondo a una interesante consulta que nos hicieron llegar por Linkedin hace unos días. Propicia para explicar la validez de la firma electrónica (gráfico simple) y la firma digital (usando un certificado digital) como medios probatorios en Perú. La firma electrónica en documentos de liquidación de beneficios sociales es totalmente válida y ha sido aceptada por el MINTRA/SUNAFIL en innumerables veces. Por supuesto que ésta modalidad de entrega de beneficios debe tener un consentimiento expreso del empleado a ser liquidado. Sin embargo debido a que la firma digital asegura la identidad del firmante es recomendable que quien firme la liquidación tenga una y la realice con esta tecnología. La firma digital generará menos contingencias de repudio, mejor probanza legal y autenticidad del documento. Importante indicar que dentro del marco legal de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nro. 27444 del Perú, en su artículo 175 (Medios de Prueba) se indica que se puede usar cualquier tipo de medio probatorio siempre que permita acreditar un determinado hecho aplicando el principio de informalidad para el ofrecimiento de un medio probatorio. La autoridad reguladora laboral debería aplicar el principio de "presunción de veracidad" sobre los medios probatorios de manera electrónica. Esta presunción admite "prueba en contrario" por ello es que la carga de prueba recae sobre el empleador (en caso de ser denunciado) y es ahí donde se recomienda el uso de la tecnología de firma digital que permite mejor probanza tecnológica, sin descartar que la firma electrónica simple también se pueda usar para este proceso. Espero haberlos ayudado. Con mucho gusto debatimos sobre estos puntos en este espacio.
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  14. Actualmente miles de empresarios y representantes legales de empresas peruanas se encuentran con restricción de movilidad debido a la cuarentena decretada por el gobierno peruano para evitar el contagio del COVID-19/Coronavirus, por ello GRAMD ha decidido liberar 3 mil licencias de sus aplicaciones y software de firma electrónica básica y firma digital para documentos electrónicos (PDF, Office, Multimedia y XML) por un año. De esta manera GRAMD colabora en la continuidad de sus negocios en entornos digitales de manera segura y legal, brindando este importante recurso de software que permitirá que personas vinculadas con empresas peruanas puedan firmar con validez legal sus documentos de manera remota, ya sea con firma digital o firma electrónica básica, reguladas de acuerdo a la Ley Nro. 27269 y el Código Civil respectivamente, según aplique. Regístrese y obtenga nuestro software de firma digital gratuito. https://www.gramd.com/productos/ondesk/Registro_Producto.jsp Nota de prensa original.
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  15. La iniciativa de Google de que todos los sitios web posibles del mundo estén asegurados y cifrados con certificados SSL fue buena, ya que permitía distinguir los chicos malos de los buenos. En buena cuenta, los certificados digitales eran emitidos por autoridades certificadora que invertían muchos recursos en validar la identidad de los titulares detrás de los sitios web o nombres de dominios. Desde el nacimiento de autoridades certificadoras que no ofrecen ninguna garantía de realizar validación de identidad de los propietarios (OV o EV) de los dominios, sumado a que en algunos casos se toma a la ligera tener un certificado digital y adquieren los más económicos del tipo DV (Validación Simple de Dominio) hace que este sistema de seguridad mundial que tenía buenas intenciones se transforme hoy en tan potencialmente peligroso como lo era antes de este cambio. Así lo ha revelado un informe de la empresa Melo Security que indica que los cibercriminales aprovechan el prestigio de los sitios web asegurados con SSL (Candadito) para distribuir malware y otros bichos informáticos que buscan infectar computadores, dispositivos móviles o realizar phishing. Lea el artículo de estas actividades criminosas aquí (en inglés)í: https://www.techrepublic.com/article/cybercriminals-increasingly-using-ssl-certificates-to-spread-malware/ Este texto es parte de un interesante artículo que publicará en breve @Augusto Castañeda y con el que he colaborado.
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  16. Gracias por compartir Rodrigo, excelente info. Lo destacable de este informe es el posicionamiento que aún mantiene Symantec, después de 3 años desde que Google evidenciara errores de seguridad en su CA. Afortunadamente hoy Symantec está en manos de Digicert y no han vuelto a ser reportados con problemas parecidos.
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  17. Hola me da gusto compartir mi primera publicación con ustedes, aunque no necesariamente con una buena noticia, debido a que el famoso proveedor de certificados SSL gratuitos o Autoridad Certificadora (CA) debe revocar más de 3 millones de certificados SSL en pocos días debido a un error que detectó el pasado febrero en las emisiones de sus certificados SSL. Ver noticia del error de Let's Encrypt Esta noticia ha sido ampliamente difundida entre reconocidos medios de tecnología, foros y redes sociales. ¿Por qué ha ocurrido esto?. A continuación te lo explico en resumen: El sistema o software de emisión de certificados (CA software) que debía validar el control del dominio (DV) y los registros CAA (para ver si cierta autoridad certificadora está permitida o no de asegurar un determinado dominio) de cada solicitante, simplemente se saltó alguna de sus reglas y emitía certificados sin pasar por este proceso de validación. Aunque suene extraño es como si quien cuidara tu casa se haya quedado dormido en tu puerta, pero con la puerta abierta. Aunque la situación es un poco más compleja que ésta analogía, lo cierto es que millones de cuentas deben ser remitidas (reissue), ya que si no lo hacían, aparecían mensajes de error de certificado digital, haciendo que la confianza con tus clientes, que tanto te costó construir se pierda en minutos. Si eres usuario de Let's Encrypt y quiere comprobar si tu dominio fue afectado, usa la siguiente herramienta gratuita: http://checkhost.unboundtest.com/ Puedes ver además la lista de serie de los certificados digitales SSL afectados aquí: https://letsencrypt.org/caaproblem/
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  18. Hola a todos, en realidad los lectores de DNI electrónicos no se homologan en Perú. RENIEC recomienda ciertos dispositivos pero no es una homologación o certificación formal ya que RENIEC no ha probado éstos lectores de DNI electrónico, ni brinda garantía de su seguridad y funcionamiento. Por otro lado RENIEC si interviene probando y homologando Dispositivos Criptográficos llamados Tokens USB y Smartcards cuya principal función es alojar, custodiar y movilizar los certificados digitales. La lista de marcas y modelos homologados por RENIEC los encuentran aquí: https://pki.reniec.gob.pe/dcdelivery3/dispositivos-homologados.html Saludos
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  19. Hola MIlaPaz, si es posible usar el certificado digital provisto para firmar documentos electrónicos. El proceso para obtener un certificado digital de SUNAT o tributario y uno de firma digital es el mismo actualmente. Debe tener en cuenta que podría necesitar un token criptográfico o smartcard, de manera que pueda movilizar de manera más segura su certificado digital y un software de firma para firmar sus documentos en formatos PDF, Office o gráficos y multimedia. Abajo en los links te recomiendo un software gratuito. Dispositivos de almacenamiento de certificados: https://www.gramd.com.pe/productos/criptograficos Software gratuito de firma digital: https://comunicaciones.gramd.com/gramd-libera-licencias-software-firma-digital/ Espero haberla ayudado. Saludos
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  20. En Colombia, como ocurre en otros países del mundo, se ha ido incentivando y masificando el uso de firmas electrónicas y firmas digitales para la suscripción de documentos de carácter público y privado. El Gobierno Nacional ha avanzado en un amplio marco jurídico, incluidas las normas más recientes que son la Ley 2069 de 2020 que propende por incentivar el emprendimiento en el paíos, y el Decreto 1789 de 2021 que regula el uso de este tipo de firmas. En nuestro país existen tres tipos de firmas a la hora de suscribir documentos electrónicos: la firma electrónica simple, la firma electrónica certificada y la firma digital. Las dos últimas son expedidas por Entidades de Certificación Digital y su proceso de generación y funcionamiento es acreditado y auditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC). Mientras que la firma electrónica simple puede ser emitida por cualquier empresa distinta a las Entidades de Certificación Digital. LAS DIFERENCIAS ENTRE LAS TRES FIRMAS: DE LA MENOS A LA MÁS SEGURA FIRMA ELECTRÓNICA SIMPLE Es cualquier medio que permita identificar a una persona y asociarla a un documento como firmante. Las más comunes son las contraseñas. ¿Quién la emite? Cualquier empresa con capacidad tecnológica. ¿En qué casos se usa? Es una de las firmas más cotidianas. Se usa en correos electrónicos (usuario y contraseña) o aplicaciones móviles (pines o patrones). Dar clic para aceptar los términos y condiciones de páginas web también es un tipo de firma electrónica simple. FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA En principio es igual que la anterior, pero su gran diferencia es que el ONAC audita el esquema de generación y funcionamiento de este tipo de firma. ¿Quién la emite? Entidades de Certificación Digital acreditadas por el ONAC. ¿En qué casos se usa? En documentos más relevantes jurídicamente. Muchas empresas privadas y públicas la utilizan para la suscripción de contratos o comunicaciones oficiales. FIRMA DIGITAL Es un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos o documento electrónico, garantizando la plena identidad del firmante con apoyo de la criptografía. ¿Quién la emite? Entidades de Certificación Digital acreditadas por el ONAC. ¿En qué casos se usa? En documentos de alto valor jurídico. Ejemplos: facturas electrónicas, actos administrativos de diversas entidades y contratos, entre otros. Suele suceder que al consultar en internet sobre las clases de firmas, las personas se encuentren nombres distintos. Esto, debido a que cada país tiene sus propias denominaciones. En Europa, a través del reglamento eIDAS (electronic identification and trust services), también existen tres: la firma electrónica simple, la firma electrónica avanzada (certificada) y la firma electrónica cualificada (digital). ¿QUÉ FIRMA USAR SEGÚN EL NIVEL DE SEGURIDAD QUE REQUIERA EL DOCUMENTO? El tipo de firma dependerá del grado de confianza requerido para el proceso en el que se van a implementar las firmas electrónicas. Es decir, del nivel de seguridad que debe tener un documento de acuerdo con su trascendencia jurídica. Por ejemplo, el documento que firma el director de una entidad pública deseando felices fiestas a sus empleados no tiene la misma relevancia legal que la firma de un contrato por la incorporación de un nuevo trabajador. Por lo anterior, existen cuatro niveles o grados de confianza: bajo, medio, alto y muy alto. Dependiendo del grado de confianza, se escoge la firma a utilizar: Grado bajo: firma electrónica simple. Grado medio: firma electrónica simple de doble factor y firma electrónica certificada brindada, esta última, por Entidades de Certificación Digital. Grado alto: firma digital emititda únicamente por Entidades de Certificación Digital. Grado muy alto: mecanismos dispuestos por la Registraduría (Cédula de Ciudadanía Digital más biometría facial con detección de vida). En conclusión, cuando un colombiano vaya a suscribir un documento electrónico, debe saber la diferencia entre los tres tipos de firma reseñadas anteriormente. La escogencia del tipo de firma se basa en un análisis técnico-jurídico previo, asociado a determinar el grado de confianza o el nivel de seguridad requerido. Se debe tener especial cuidado con el grado de confianza alto, utilizado para suscribir documentos de gran relevancia jurídica como actos administrativos de carácter general o particular, sentencias, contratos, títulos valores, entre otros. En estos casos, la recomendación es siempre hacer uso de firmas digitales. Héctor José García Director académico Observatorio de Gobierno y TIC de la Universidad Javeriana. Presidente de Camerfirma Colombia Artículo original: https://www.portafolio.co/negocios/empresas/firma-digital-firma-electronica-certificada-y-firma-electronica-simple-cual-debo-usar-y-en-que-casos-560577
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  21. Intellisign y DonWeb: Nuestra Country Manager Perú, Andrea León Manrique, enseñará la importancia de la digitalización de #firmasdigitales y #firmaselectronicas y su seguridad jurídica. Un Webinar Gratuito de DonWeb el próximo 22.06.22. https://lnkd.in/daSwycur No se pierdan este interesante Webinar.
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  22. Este es un artículo escrito por Carlos Quattrocchi, colaborador de Intellisign. Dos datos bastan para dimensionar un grave problema a nivel mundial, el uso del papel ha aumentado más de seis veces en los últimos 50 años y la quinta parte de los árboles talados en el mundo es utilizada para fabricar papel. Existe alguna alternativa para frenar este proceso que está llevando a una inmensa desforestación ? La respuesta es SI y con nombre propio: Despapelización. Se entiende por despapelización, al proceso de digitalización y firma digital que hace prescindible el respaldo del documento en papel ante un eventual litigio. Sería redundante enumerar la extensa lista de beneficios que tiene, pero por nombrar los más importantes: Ahorro de costos en impresión y almacenamiento de papel. Control y auditoría sobre los documentos guardados. Eliminar la posibilidad de siniestros como incendio o inundación · Eliminar la probabilidad de pérdida, extravío o robo Disminución considerable del espacio fisico de almacenamiento. Desde el año 2001 la República Argentina cuenta con una Ley Nacional de Firma Digital 25.506, la que la equipara con la firma hológrafa otorgándole las mismas propiedades y dándole a los documentos el mismo valor legal.
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  23. Este es un artículo escrito por Melisa Montoya, Country Manager Colombia para Intellisign. De acuerdo con un comunicado emitido por la superintendencia financiera de Colombia, la digitalización de procesos para acceder a productos y servicios del sistema financiero podría aumentar la inclusión financiera en el país, acortar los largos procesos de venta y acelerar el crecimiento económico de Colombia. Mejorando así la experiencia de los clientes y aumentando la productividad de los empleados. A través de la adopción de procesos como la firma electrónica que brinda mayores herramientas para que las entidades financieras tengan información de las personas y las vinculen de una manera más efectiva se podría lograr dichos objetivos, ya que como bien sabemos la banca tradicional es uno de los tantos sectores que requieren altos niveles de confianza en sus trámites y procesos de aprobación. La firma electrónica como mecanismo de validación permiten identificar a una persona, siempre y cuando el medio utilizado sea confiable, seguro y apropiado. En Colombia se han reconocido y aceptado tres tipos de firmas: firma digital, firma electrónica y firma electrónica certificada como medios probatorios a partir de lo señalado en el artículo 7 de la Ley 527 de 1999 que cumplan con las siguientes características de seguridad: Confidencialidad: Cuando la información es sólo accesible por aquellos a los cuales se ha autorizado su acceso. Integridad: Cuando la información es exacta y completa. Cuando se garantiza que la información no se modifica desde su momento de creación. Disponibilidad: Cuando la información es accesible a los usuarios autorizados en el momento de requerirla. Autenticación: Cuando se puede garantizar la identidad de quien solicita acceso a la información. Autorización o Control de Acceso: Cuando la información es accedida solo por los usuarios que tienen los privilegios necesarios y suficientes para hacerlo. No repudiación: Cuando la información involucrada en un evento corresponde a quien participa en el mismo, quien no podrá desconocer su intervención en éste. Observancia: Cuando la información relacionada con las acciones y actividades de los usuarios (personas o procesos) se encuentra debidamente registrada y monitoreada. Intellisign llega a Colombia en el año 2021 como una tecnología software y plataforma de firma electrónica que permite acelerar los procesos de negocio, dentro de ellos los del sector financiero, cumpliendo con todos los requisitos de seguridad anteriormente mencionados. Aspirando convertirse en poco tiempo en la plataforma de preferencia de las principales empresas y entidades financieras a nivel nacional para suscribir acuerdos, aprobar documentos y recabar consentimientos de manera electrónica y con la seguridad jurídica y digital que las entidades requieren.
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  24. Este es un artículo escrito por nuestra Country Manager Colombia, Melisa Montoya Cada vez más compañías buscan el cambio e invertir en infraestructura digital es la promesa de un mejor rendimiento para las empresas, tanto a nivel operativo como en su economía. La era digital está cambiando los hábitos de los consumidores, y por ende las empresas tienen el reto de reinventarse, responder a las demandas, reducir costos, automatizar procesos y aumentar ingresos. Sin la incorporación de estas nuevas tecnologías, las empresas difícilmente lograran ser competitivas en el mercado actual. Precisamente, la transformación digital les brinda a las organizaciones agilidad para ofrecer nuevos productos y servicios, administrar datos, mejorar la experiencia del cliente, la administración de procesos empresariales y mitigar el riesgo. Dentro de los diversos servicios que se ofrecen en los procesos de automatización y transformación digital se encuentra la Firma electrónica con los siguientes beneficios: Mayor seguridad e integridad de los documentos, ya que el contenido de estos no se ve expuesto o alterado. Controla y optimiza los procesos haciendo constante seguimiento del ciclo de firma en tiempo real. Reducción de costos, en todo lo relacionado con la operación natural de la empresa. Mejora los tiempos de movilidad, conservando el principio de firmar en cualquier momento y lugar. Las principales barreras y desafíos que enfrentan hoy las compañías para lograr procesos de transformación digital exitosa son en su orden, falta de cultura de digitalización, desconocimiento de los beneficios y presupuesto económico, la transformación digital requiere no solo de inversión, también implica liderazgo empresarial, cultura organizacional y de una estrategia para entender las necesidades de los clientes. Desde Intellisign estamos preparados para enfrentar dichas dificultades, y realizar el adecuado acompañamiento en el proceso de transformación digital a través de la Firma Electrónica. Desde el proceso mismo de oferta comercial con precios asequibles y funciones ilimitadas, hacemos un riguroso acompañamiento técnico y legal en la integración, capacitación de la herramienta y constante seguimiento a la experiencia de uso, hace que nuestro servicio sea imprescindible como aliado estratégico de las compañías en Colombia.
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  25. Hola, soy usuario de Intellisign Cloud y necesito enviar un documento al sector público en Perú. La institución me ha solicitado que envíe mi escrito por su mesa de partes virtual con firma digital y copia auténtica. ¿Cómo puedo configurar esta opción desde mi cuenta? Gracias
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  26. En febrero de 2021 fue modificado el Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, en el cual nos menciona que la firma electrónica avanzada será la que se relacione con el ciudadano de manera única y permitirá la identificación de la persona. Se implementará “utilizando datos de creación de firmas que el firmante puede utilizar bajo su control; y está vinculada con los datos firmados de modo tal que cualquier modificación posterior es detectable”. En Intellisign podrán hacer uso de la firma electrónica avanzada y contarán con diversos mecanismos de seguridad, iniciando por la captura de la IP desde donde se realizó la firma, se solicitara al firmante una OTP (Password de Uso Único, como las transacciones bancarias), que es la clave única que le llegara al celular y correo electrónico registrado de la persona, adicionalmente la plataforma se encuentra respaldada por un certificado digital propio, esto imposibilitará la modificación de cualquier documento luego de firmado y en caso exista alguna alteración, esta se va poder identificar. Con todo ello nuestros usuarios estarán protegidos y contarán con todos los medios probatorios ante un eventual desconocimiento para acreditar que el firmante es efectivamente la persona que firmo el documento.
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  27. Un certificado SSL garantiza que los datos que se intercambian entre el usuario por medio del navegador y el servidor web, estén cifrados de extremo a extremo para protegerlos de las amenazas (cifrado en tránsito). Además, todo sitio que no tiene un certificado SSL instalado exhibe un mensaje que dice “Tu conexión no es privada” que podría generar desconfianza con tus usuarios y clientes. ¿Por qué tener un Certificado SSL?: Mas confianza. Mas ventas. Demuestras la autenticidad del sitio web de tu negocio. Previenes y avisas a tus usuarios de posibles malwares. Mejoras tu posicionamiento en buscadores. Previenes falsificación de tus páginas web, alertando a tus usuarios de Phishing.
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  28. Hoy resumiré la importancia de la verificación o validación de una firma digital La importancia de una firma digital radica en la información que conlleva y la protección de los datos que rubrica. Por eso es fundamental el proceso de verificación, que nos dirá si es válida o no y por consiguiente el estado de integridad de los datos. Cuando uno firma un documento y éste es enviado a un tercero, con la firma viaja el certificado digital y su clave pública. De este modo la persona que lo recibe, mediante la identidad acreditada en el certificado, puede decidir si confía o no en el mismo. La clave pública se utiliza para realizar la comprobación de validez. Este es un proceso criptográfico, que no se detallará en este artículo, que involucra una comparación de análisis ente la firma y el documento original. El resultado de este cotejo determina si la firma es válida y por tanto, si los datos no han sido modificados. Espero haberlos ayudado. Saludos, Carlos Quattrocchi
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  29. La Firma Digital, no ofrece confidencialidad, ya que lo mismo que ocurre con una firma manuscrita, un documento con firma digital puede ser leído por cualquiera. Sin embargo, tiene tres robustas propiedades: Identidad Dado que la firma proviene de un certificado digital que fue expedido por una Autoridad o Entidad de Certificación, la identidad del suscriptor ha sido verificada por una Autoridad o Entidad de Registro. Integridad La firma digital es creada mediante un proceso criptográfico, de tal modo que si el documento es modificado después de haber sido firmado, la verificación dirá que esa firma es inválida. No Repudio A diferencia de una firma manuscrita, que en caso de litigio debe ser peritada, una firma digital válida implica que el suscriptor no puede repudiarla debido a que la firma digital fue realizada con un certificado digital que vincula la identidad del firmante. En este caso se habla del no repudio 100%. Saludos y espero haberlos ayudado. Carlos Quattrocchi
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  30. Hemos iniciado una serie de preguntas y respuestas frecuentes en el marco técnico de la firma digital. En este espacio ayudaremos a resolver consultas como: Diferencias entre Clave pública, clave privada y pin, la que responderé ahora: Un certificado digital se compone de una serie de atributos tales como, por nombrar los más familiares, número de serie, apellido, nombre, documento y cargo del suscriptor, autoridad de certificación, fecha de vigencia, etc. Además de dichas propiedades, todo certificado digital cuenta con un par de claves criptográficas, unívocamente relacionadas. La clave privada, que debe ser celosamente custodiada por el suscriptor, sirve para firmar. La clave pública, es entregada a terceros para que las firmas puedan ser verificadas. Existe un tercer elemento denominado PIN o código de contraseña, que se encarga de proteger el acceso a la clave privada. Esto que es de vital importancia, deberá ser memorizado y le será solicitado al suscriptor cada vez que quiera firmar un documento. Espero haberlos ayudado con esta consulta. Saludos, Carlos Q.
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  31. Excelente aclaración de cómo se firman digitalmente documentos de Office.
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  32. Hola @Gary Valenzuela, bienvenido. Los tokens criptográficos tienen como única función alojar, custodiar y movilizar un certificado digital. Siempre requerirás de un certificado digital y un software de firma de manera independiente. Existen algunos tokens que también alojan software de firmas digitales pero son poco accesibles por su precio o están descontinuados. Lo que si es seguro, es que necesitarás obtener un certificado digital a parte. Los tokens criptográficos que recomendamos y se encuentran homologados en RENIEC son: ACS CryptoMate Nano mToken CryptoID de Longmai En cualquiera elección de token, siempre requerirás de un software de firma digital. Pero a parte de la aplicación que provee GRAMD, también hay una alternativa gratuita que provee RENIEC con su software de firma digital llamado REFIRMA para Windows. Los software de firma digital se pueden instalar en múltiples computadoras y sin límite de instalaciones. Te invito a leer una guía que ha preparado GRAMD: "Paso a Paso para hacer firmas digitales" Exclusivo para usuarios registrados de la comunidad Guia Paso a Paso Firma Digital.pdf
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  33. Desde hace tiempo estoy trabajando para una institución privada, en la cual por mi trabajo con menores, me solicitan un certificado de delitos sexuales. El mismo lo conseguí hace 3 años en una oficina pública aquí en Barcelona. El tema esta que me lo vuelven a pedir y claro tal y como está el tema ahora con el COVID, no hay institución abierta para poder pedirlo físicamente en estos momentos. Yo no tengo certificado digital para solicitarlo online, es más estuve mirando como conseguirlo desde esta web, https://www... donde te dicen como hacerlo, pero claro siempre y cuando tengas un certificado digital clave pin etc. ¿Sabéis si hay alguna otra opción o web donde os indique como conseguir el certificado digital online? Muchas gracias de antemano, la verdad que me llevo tiempo con el tema y me lo van solicitando. Carlos
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  34. Es verdad que los actuales sistemas de correos, al menos los más comerciales solo sirven para ingresar y recibir mensajes y no serían eficientes para notificaciones electrónicas más profesionales. Existe algún sistema de casilla electrónica comercial en Perú?
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  35. Buenos días, estaba buscando empresas que estén homologadas con RENIEC para ofrecer lectores de DNI electrónico. Existe alguna lista? qué lectores de DNI electrónico están homologados? Gracias de antemano
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  36. Una empresa pequeña puede comprar cualquiera de éstos certificados digitales o solo es exclusivo para ciertas empresas o ciertos países?
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  37. Excelente artículo, qué bueno que el estado peruano impulse este tipo de tecnologías para colaborar con el distanciamiento social que necesitamos. Una pregunta, cómo haría para que todos mis clientes firmen digitalmente? todos tenemos que tener firma digital? Gracias.
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  38. Si yo implemento una firma electrónica como los que usan los servicios de Delivery, como Glovo o Rappi, qué me asegura que el cliente no se niegue después que el no realizó la firma?
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  39. Existe una manera sencilla de verificar por nosotros mismos si nos encontramos en un sitio web original y auténtico de una determinada empresa. Les muestro cómo a continuación: Vista desde Google Chrome: En la barra de direcciones, el sitio web debe tener una alerta o candado, inmediatamente que hacemos clic sobre el nos debe salir información del certificado, el cual indicará si es válido o no y la razón social o nombre completo de la organización a la que pertenece. Aquí un ejemplo de cómo no aparece el nombre del titular del certificado digital: En este ejemplo se aprecia que aunque el certificado digital SSL es válido, no aparece la razón social o nombre de la organización a la que pertenece por lo que bien podría pertenecer a este famoso diario o a cualquier página de phishing.
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  40. OK entendí, disculpen no leí bien. Gracias, ahora sé que los lectores no se homologan solo los tokens y tarjetas inteligentes.
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  41. Hola @olenkach, gracias por tu respuesta, con mucho gusto te llamo y explico el funcionamiento de Intellisign, nuestra plataforma inteligente y con workflows de firmas digitales y firmas electrónicas o mixtas. Intellisign está basado en casillas electrónicas, en la que cada usuario tiene una casilla o buzón, donde podrá recepcionar documentos, leerlos, firmarlos, archivarlos o lo mejor de todo, delegarlos a otro usuario para que realice su firma digital (con certificado digital ) o electrónica en la nube. Te comparto una presentación en video: Aquí otro video de cómo funcionan en la práctica: https://youtu.be/3PmRxFShw50?t=24 Saludos,
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  42. Hola, si es posible hacer firma digital en cantidades ilimitadas con nuestro software de firma digital gratuito. Una vez que hayas instalado la aplicación y uses tus credenciales de acceso, no tendrás limites en la cantidad de documentos y veces que podrás firmar. Incluye nuestro software de firma digital incluye conexión a dos proveedores gratuitos de sellos de tiempo o time-stamping. Saludos
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  43. Hola @RedHatMan, si es plenamente válido en la medida en que ambas partes estén de acuerdo e informadas de la modalidad de contrato electrónico que se desarrollará y mientras ambos estén en las mejores y mismas condiciones para firmar el contrato. Por ejemplo de que ambos tengan certificados digitales. En caso de que alguna de las partes no posean certificados digitales o tal vez DNI electrónico, sugiero evaluar realizar su contrato de manera electrónica. Hay varias alternativas y mecanismos para desarrollar contratos electrónicos, los que van desde simples a complejos, según la tecnología que permita más o menos seguridad y evidenciar la identidad de los firmantes y autenticidad del documento. Te comparto un artículo del Dr. Abel Revoredo sobre contratos electrónicos: https://gestion.pe/blog/cyberlaw/2020/03/como-firmar-contratos-en-epoca-de-cuarentena.html Espero haberte ayudado.
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  44. Puedo firmar digitalmente de manera masiva sin token?. Deseo firmar masivamente cientos de documentos PDF a la vez, puedo hacerlo sin token, solo con certificado digital? Gracias por su orientación.
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